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Privacidad y transferencia de datos personales

Privacidad y transferencia de datos personales

6 DE OCTUBRE

Tras la demanda realizada en 2013 por Maximiliam Schrems, quien denunció a Faceboock por el intercambio de datos desde Irlanda a sus servidores de EEUU; el pasado 6 de octubre se produjo una Sentencia del Tribunal de Justicia sobre privacidad que afecta a muchas empresas españolas, dicha sentencia:

  • Anula el acuerdo “Safe Harbour”, vigente desde el año 2000, por el que se permitía a las compañías estadounidenses la transferencia de datos de clientes y usuarios europeos a sus servidores de EEUU.
  • Promueve el no intercambio de datos de un lado a otro del charco.
  • Y motiva a la elaboración de protocolos de actuación de las agencias de protección de datos de cada país para analizar si las transferencias actuales y futuras se ajustan a las leyes de privacidad europeas.

Desde Yunbit queremos aprovechar para informar a nuestros clientes y colaboradores  de que los servidores contratados por nuestra organización están ubicados en territorio europeo, por lo que dicha sentencia no afecta de ningún modo a los datos contenidos en nuestra plataforma.

DESDE OCTUBRE, INCERTIDUMBRE

Tras la Sentencia del Tribunal de Justicia hemos recibido informaciones contradictorias y algo alarmantes sobre el cumplimiento de las nuevas “normas” en la gestión que estamos realizando de los datos personales en nuestro negocio.

La Agencia de Protección de Datos (AEPD), a partir de dicha sentencia y como responsable de la buena administración de estos en España, ya ha tomado ciertas medidas y ha mostrado su implicación en el asunto enviando un comunicado a las empresas que pueden estar afectadas y de las que la APDE tiene constancia en el que insta a las empresas a comunicarse con la APDE para declarar o adecuar las transferencias internacionales antes de 29 de enero.

Tras algunas suposiciones que sostienen que la APDE indica que está prohibido el uso de Dropbox, Google Apps, Gloogle Drive, … la misma Agencia ha emitido otra comunicación en su web en la que indica que “La Agencia en ningún caso ha requerido a los responsables para que dejen de utilizar determinados servicios de almacenamiento en la nube. Las acciones de la Agencia no están orientadas a la prohibición de utilizar herramientas concretas sino a informar a los responsables para que requieran a su proveedor de servicios, si es necesario, que les ofrezca una respuesta adaptada a la sentencia del TJUE.

2 DE FEBRERO, NUEVO ACUERDO POLÍTICO “EU-US Privacy Shield”

El pasado dos de febrero, el Vicepresidente de la Comisión Europea Andrus Ansip y la Comisario Vera Jourova han comunicado el nuevo acuerdo político, sin transposición jurídica, que dará cobertura a las transferencias de datos de carácter personal entre Europa y Estados Unidos.  Dicho acuerdo recibe el nombre de EU-US Privacy Shield, y busca proteger los derechos fundamentales de los ciudadanos europeos, así como garantizar la certidumbre jurídica en las transferencias de datos.

Concretamente, después de meses de negociaciones, dicho acuerdo nace con la intención de ser un instrumento jurídico vivo que permita adaptarse a nuevas y futuras situaciones, entre otros:

  • Propone la existencia de límites y mecanismos de control para el acceso de las Agencias de Seguridad de EE.UU. a datos de ciudadanos europeos.
  • Define la involucración directa por parte del director de inteligencia de la Casa Blanca y la Comisión Federal de Comercio.
  • Acuerda una revisión anual entre la Comisión Federal de Comercio y la Comisión Europea, junto con expertos de EE.UU. y la U.E. para evaluar los compromisos acordados
  • Promueve formular un marco sancionador para aquellas empresas que incumplan los compromisos y la creación de una nueva figura “Ombudsman” o “Defensor del Pueblo”, independiente de los servicios de inteligencia de EE.UU.

Con estas bases, se prevé que el acuerdo jurídico quede aprobado antes de verano ya que actualmente en un acuerdo político de buenas intenciones.

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