Plataforma

Obligaciones administrativas ante la nueva Ley: planes de igualdad y registro de salarios

Obligaciones administrativas ante la nueva Ley: planes de igualdad y registro de salarios

El Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación entró en vigor el 7 de marzo de 2019.

Dicha Ley trata asuntos importantes y relevantes a tener en cuenta por las empresas españolas; en concreto se desarrollan los siguientes temas:

  • la ampliación del permiso de paternidad hasta las 16 semanas, y el derecho de ambos progenitores a una hora de ausencia en el trabajo hasta que el niño cumpla 9 meses;
  • se recupera la financiación de las cuotas del convenio especial de los cuidadores no profesionales de personas en situación de dependencia;
  • se enfatiza el derecho de los trabajadores a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral;
  • se establece el derecho a la remuneración sin discriminación;
  • se crea una nueva prestación para el cuidado del lactante;
  • se modifican las bonificaciones a la Seguridad Social de los trabajadores autónomos, para aplicar la normativa y cambios relacionados con la conciliación familiar;
  • y se hacen algunos cambios sustanciales referentes a los planes de igualdad propuestos por la Ley Orgánica 3/2007.

Nuevas obligaciones administrativas: los planes de igualdad y el registro de salarios

  1. En relación al principio de igualdad y no discriminación se obliga a las empresas de 50 o más trabajadores a inscribir los planes de igualdad en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas (art. 46 apartado 4); frente a la situación anterior que solo obligaba a empresas con más de 250 trabajadores o si el convenio lo disponía así. Queda la implantación de los planes de igualdad de la siguiente manera:
    • las empresas de más de 50 personas trabrajadoras, tendrán un periodo de tres años para implementar el Plan de Igualdad;
    • las de 100 a 150 en dos años;
    • y las de 150 a 250 empleados en un año.
  2. El contenido de los planes de igualdad se plantearon en 2007 como “… un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.

    Los planes de igualdad fijarán los concretos objetivos de igualdad a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución, así como el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.

    El Real Decreto establece el contenido del diagnóstico previo a los planes de igualdad para diseñar los mismos, a saber:

    • Proceso de selección y contratación.
    • Clasificación profesional.
    • Formación.
    • Promoción profesional.
    • Condiciones da trabajo, incluida auditoría salarial (artículo 28 del Estatuto de los Trabajadores) entre hombres y mujeres.
    • Ejercicio correspondiente de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
    • Infrarrepresentación femenina.
    • Retribuciones.
    • Prevención de acoso sexual y razón de sexo.

Asimismo, el Estatuto de los  Trabajadores, en su artículo 28. 2 “Igualdad de remuneración por razón de sexo” indica que:

El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.

Las personas trabajadoras tienen derecho a acceder, a través de la representación legal de los trabajadores en la empresa, al registro salarial de su empresa.”

Como acabamos de ver, el Real Decreto Ley 6/2019, además de mejorar los derechos de los trabajadores y afianzar las medidas y obligaciones sobre igualdad entre hombres y mujeres en el trabajo; indica más obligaciones administrativas y afecta a un mayor número de empresas.

Legislación aplicable

Estatuto de los trabajadores

Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación.

Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.

Valora el artículo:

1 Estrella2 Estrellas3 Estrellas4 Estrellas5 Estrellas (Sin valoraciones)
Cargando...
Avatar photo María Cumplido Comunicación y RRHH Ver más artículos de María Cumplido

Otros artículos de la categoría Actualidad